Talleres Protegidos de Producción para Personas con Discapacidad: Una Oportunidad para Avanzar
El gerente de la provincia del bloque socialista solicitó que se asista a los Talleres de Producción de Defensa por medio de créditos a tasa cero ahora través de ayudas económicas para el cumplimiento de obligaciones.
El gerente de la provincia, Esteban Lenci, solicitó al Gobierno de Santa Fe contribuir a los Talleres de Producción de Defensa que desarrollan ocupaciones en la provincia, con créditos de corto, mediano y largo período a un tasa cero y/o asistencia financiera. elementos que les dejen realizar sus obligaciones. Estos talleres desarrollan ocupaciones productivas, comerciales o de servicios, mediante las que brindan empleo retribuido a personas con discapacidad.
Posibilidades
El Programa dará las próximas posibilidades:
- Asistencia económica por mes no valorable para trabajadores con discapacidad que laboren en Talleres Particulares de Empleo para Asilados;
- Ayudas económicas a las instituciones causantes de Talleres Particulares de Empleo para Asilados o Talleres de Producción de Asilados para desarrollar ocupaciones dirigidas a aumentar las habilidades y el potencial laboral y hacer más simple la inserción laboral de los trabajadores con discapacidad en su campus;
- Asistencia económica a instituciones privadas encargadas de Talleres Particulares de Empleo para Asilados o Talleres de Producción para Asilados para la realización de exámenes preprofesionales para trabajadores con discapacidad;
- Financiar la cobertura de peligros laborales de los trabajadores con discapacidad incluidos en los Talleres Particulares de Defensa del Empleo o Talleres de Producción de Defensa de instituciones privadas causantes.
POR TANTO, LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL ACUERDAN:
ARTÍCULO 1.- Capacitación a los Empleadores y Trabajadores Registrados del Centro registrados en Instituciones de Capacitación y Empleo del Registro (CLÁR), pensado en el producto 4 del Anexo a la Resolución No. 1.183 del 3 de septiembre de 2021 de la SECRETARÍA DE EMPLEO -ligado del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL-, va a poder entrar a las ventajas previstos en los incisos c), d) y f) del producto 26 de la Ley Núm. 26.816 referente al pago del UNO POR CIENTO (cien%) de los aportes personales, aportes patronales y cobertura de peligros del trabajo previstos en la ley Nro. 24.557 y sus modificatorias, que corresponden a la integración de la gente con discapacidad en los Talleres de Producción de Defensa a su cargo.
Además, los Talleres Particulares de Empleo para Asilados que incorporen trabajadores con discapacidad disfrutarán del beneficio sosprechado en el inciso f) antes citado del producto 26 de la Ley Núm. 26.816 por término de aporte al Seguro de Peligros del Trabajo.
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