¿Qué es un Comité de Empresa? Descubra todo lo que debe saber

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Un comité de compañía y un sindicato son organismos distintas, y los dos tienen la misión de representar los derechos de los trabajadores, pero hay diferencias entre ellos que tienen que destacarse.

  1. Los sindicatos efectúan sus acciones en beneficio de los trabajadores, se comprometen a resguardar los derechos y también intereses de los trabajadores. Son conformados por trabajadores y existen muchos sindicatos en distintas campos, de intereses recurrentes y también intereses de cada campo.
  2. Por sí solos, los comités de compañía son organizaciones de usados a nivel de compañía. Están situados en compañías con cincuenta o mucho más usados y se crean para asegurar los derechos de los usados de esa compañía particularmente.
  3. Estos comités tienen dentro a trabajadores afiliados a sindicatos de trabajadores u otros independientes. El comité de compañía representa a los usados de esa compañía y lo se opone a la dirección de la compañía.
  4. Por otra parte, los sindicatos representan a los trabajadores en todo el mundo, siempre y en todo momento con exactamente el mismo propósito de resguardar los intereses de los trabajadores.
Índice
  1. Qué es un comité de compañía
  2. ¿Hay comité de compañía en todas las compañías?
  3. ¿Qué es un comité de compañía?
    1. Tres requisitos legales incuestionables

Qué es un comité de compañía

El comité de compañía es el órgano representativo y colegiado de todos y cada uno de los trabajadores de la compañía o centro de trabajo para resguardar sus intereses. Tiene alguna semejanza con la junta de personal del servicio civil. Asimismo hay puntos afines al número de encargados de personal, que tienen la posibilidad de representar a los trabajadores en compañías mucho más pequeñas.

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Su regulación está primordialmente en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley Orgánica de Independencia Sindical. No obstante, los pactos asimismo tienen la posibilidad de influir en determinados puntos.

¿Hay comité de compañía en todas las compañías?

Cada compañía tiene la posibilidad de tener representantes de los trabajadores. Sin embargo, solo las compañías de sobra de 50 trabajadores tienen la posibilidad de tener un comité de compañía, en tanto que la ley reserva la representación en las compañías de menor tamaño a los encargados de personal. No obstante, los dos van a tener exactamente las mismas funcionalidades.

En el momento en que una compañía tenga mucho más de 50 trabajadores, va a poder tener un comité de compañía, siempre y cuando esté constituido. Si no hay representación de los trabajadores en una compañía, por el hecho de que no hay encargados de personal o pues no hay comité, se tienen la posibilidad de proponer selecciones. La participación de los trabajadores en la compañía es un derecho laboral primordial y está reconocido en la Constitución De españa.

¿Qué es un comité de compañía?

Un comité de compañía es un conjunto de individuos que trabajan en una compañía y representan al resto de los trabajadores. Entre sus funcionalidades, muchas funcionalidades tienen dentro negociar novedades en las condiciones de trabajo o negociar en los periodos de solicitud de procesos colectivos como ERE, ERTE, etcétera., o negociar convenios colectivos a nivel empresarial.

Su regulación legal está en el producto 63 del Estatuto de los Trabajadores.

Tres requisitos legales incuestionables

Entre otras caracteristicas regulados por la legislación de españa, hay tres cuestiones esenciales que tienes que conocer con relación a el comité empresarial.

  1. El número de integrantes según el número de trabajadores. La distribución está completamente definida: 5 representantes para compañías de entre 50 y cien trabajadores, 9 si tienen entre cien y 250, y de este modo hasta 2 representantes por cada 1.000 trabajadores, hasta un máximo de 75, como máximo.
  2. Desarrollo de decisión. Se efectuará con convocatoria abierta a cualquier trabajador que cumpla los requisitos. Ejercitarán su voto todos y cada uno de los expertos (mayores de 16 años, como es natural) que tengan mucho más de un mes de antigüedad. Para lograr elegir, eso sí, es requisito ser mayor de edad y estar al servicio de la compañía a lo largo de mucho más de 6 meses.
  3. Información y consultas. Los empleadores tienen el deber de reportar y preguntar al comité sobre las resoluciones que afecten por fuerza de trabajo.
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